LEY DE TRANSPARENCIA 8/2015

FUNCIONES DE LOS CONSEJOS REGULADORES

El Consejo Regulador de la DOP Cebolla Fuentes de Ebro es una corporación de derecho, encargada de la gestión de un bien de dominio público, sujeta al derecho privado en su funcionamiento y todo ello bajo el principio básico del funcionamiento sin ánimo de lucro.

Las principales funciones del Consejo Regulador se encuentran enumeradas en el artículo 35 de la Ley 9/2006, de Calidad Alimentaria, estando sujetas a derecho administrativo las siguientes:

  • Gestionar los correspondientes registros de operadores de la Denominación.
  • Gestionar las cuotas obligatorias que se establezcan en el reglamento de la denominación para su financiación.
  • Expedir certificados de producto u operador acogido a la denominación geográfica, así como contraetiquetas, precintos y otros marchamos de garantía.
  • Controlar el uso de las etiquetas comerciales utilizables en los productos protegidos, a través de los servicios técnicos, en aquellos aspectos que afecten a la denominación.

En su caso, establecer para cada campaña, con base en criterios de defensa y mejora de la calidad, y dentro de los límites fijados por la norma técnica, por el reglamento de cada denominación o por el correspondiente manual de calidad, los rendimientos, límites máximos de producción o transformación o cualquier otro aspecto de coyuntura anual que pueda influir en estos procesos.

GOBIERNO

Los órganos de gobierno del Consejo Regulador serán el Pleno, el Presidente, el Vicepresidente y cualquier otro que se establezca en los estatutos.

El Pleno es el órgano colegiado de gobierno del Consejo Regulador y ostenta la representación de los titulares de explotaciones y almacenes inscritos en los registros de la DOP.

El Pleno estará compuesto por:

a) El Presidente del Consejo Regulador.

b) El Vicepresidente del Consejo Regulador.

c) Los vocales. Los titulares y suplentes de las vocalías serán elegidos por y entre las personas, físicas o jurídicas, inscritas en los registros de la DOP para un mandato de cuatro años. Cuando una persona jurídica sea elegida como vocal, designará la persona física que la represente en las sesiones del Pleno.

El Pleno del Consejo contará con seis vocales titulares, designados del siguiente modo:

  1. tres vocales en representación del sector productor, elegidos por y entre los titulares de parcelas inscritas en el Registro de explotaciones de la DOP;
  2. tres vocales en representación del sector manipulador-expedidor, elegidos por y entre los titulares de industrias inscritas en el Registro de almacenadores/expedidores de la DOP.

Y con:

d) Dos delegados del Departamento de Agricultura y Alimentación designados por su Consejero, con voz pero sin voto.

e) El Secretario del Consejo Regulador, designado por el Pleno, con voz pero sin voto.

SEDE FÍSICA, HORARIO ATENCIÓN PUBLICO, DIRECCIÓN, CORREO ELECTRONICO Y TELÉFONO

Plaza Constitución, 4
50740 - Fuentes de Ebro   (Zaragoza)
Tfno.: 675 56 02 35
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

CONVENIO COLECTIVO, RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO, TABLA DE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL LABORAL

Convenio Colectivo aplicable:

http://bop.dpz.es/BOPZ/UploadServlet?ruta=Boletines\2023\61\Edictos\bop_1779_2023.pdf

Observaciones: Por acuerdo de la Junta directiva del CRDOP Cebolla Fuentes de Ebro, la gestión diaria puede ser externalizada a terceros.

INSCRIPCION Y CERTIFICACION

Para la inscripción de nuevos operadores de cualesquiera de los sectores en el que se encuentre se deberá solicitar el formato de “Solicitud de Inscripción y Certificación” al CRDOP Cebolla Fuentes de Ebro, a través de cualquier medio que pueda justificar dicha solicitud .

Ley de transparencia

Se pone a Disposición de quien lo solicite en las Oficinas del Consejo Regulador de la D.O.P. Cebolla Fuentes de Ebro, la siguiente documentación:

Trabajo

Artículo 12.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

      • Convenio colectivo.
      • Relación de puestos de trabajo.
      • Tabla de retribuciones del personal laboral.
      • Órganos de representación del personal.

Información sobre subvenciones

Artículo 18.

      • Resolución formación.
      • Resolución del PDR 3.2 Promoción

Cuentas abreviadas y presupuestos.

      • Balance de Situación Año 2022.
      • Cuenta de Pérdidas y Ganancias Año 2022.
      • Presupuestos Año 2023.
Top